La Ley (de regulación) de las comunicaciones electrónicas (Cap. 399) exige que la instalación o el uso de equipos de radiocomunicación estén sujetos a una licencia individual, a menos que el equipo esté exento de licencia o esté cubierto por una autorización general.
Las licencias individuales de equipos de radiocomunicación son válidas, por lo general, por un período de un año y se renuevan por períodos adicionales previo pago de las tasas de renovación de la licencia.
Todas las licencias contienen una serie de condiciones para garantizar que el equipo de radiocomunicación objeto de la licencia utilice el espectro radioeléctrico de la manera más eficiente posible.
Por lo tanto, estas condiciones pueden incluir limitaciones sobre la ubicación en la que se puede instalar el equipo, así como sobre los parámetros técnicos de funcionamiento.
Los siguientes formularios se refieren a los equipos que están sujetos a la concesión de una licencia individual de equipos de radiocomunicación.
La solicitud para la licencia de radioenlace (MCA/10/23) puede ser solicitada aquí.